La mayoría tiene entre 5 y 12 años: se trata de infancias y adolescencias que perdieron a sus madres, padres, a causa de femicidio, travesticidio, transfemicidio, o fallecidxs en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género. Lo percibido equivale a una jubilación mínima, se abona hasta los 21 años y es sin límite de edad para aquellas personas que al momento del hecho violento acrediten una discapacidad. Asimismo, estipula el acceso a una cobertura de salud y es compatible con el Régimen de Asignaciones Familiares y con otras pensiones.
La implementación del RENNyA es un trabajo articulado entre el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD), la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (Senaf), el Ministerio de Desarrollo Social y la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), organismos enfocados en la norma “que surge como respuesta a la demanda de una sociedad movilizada contra las violencias de género y representa un avance legislativo que evidencia un Estado presente, ocupado en reparar y acompañar a las infancias y adolescencias, víctimas colaterales de estos delitos”, afirmó el MMGyD esta semana en un comunicado.
El 4 de julio de 2018, la Cámara de Diputadxs de la Nación sancionó por unanimidad la iniciativa, donde se establece que lxs hijxs de víctimas de femicidio o de homicidio en contexto de violencia intrafamiliar y/o de género, deben contar con protección “para crecer en un ambiente sano y libre de violencias. Por eso, tienen derecho a recibir una reparación económica mensual, acceder a una cobertura de salud y acompañamiento integral durante su crianza.”
Más información sobre el trámite para acceder a este derecho: Línea 130 o gestión de turnos online a través de la web www.anses.gob.ar
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